Categorizando Infracciones
Se sabe que las cosas en el caimán vuelvan a la normalidad cuando la abuelita publica los nuevos reglamentos de conducta, que por un tiempo fueron olvidados. En este caso es la resolución 165, para los maestros. Como todo lo que publica la abuelita tiene contenido explicito e implícito, y yo me divierto comparando los dos.
Según el articulo hay tres categorías de infracciones: 1. Prohibiciones, 2. Infracciones Grave, y 3. Infracciones Sumamente graves. En las prohibiciones tenemos "Concurrir al centro laboral en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicotrópicas, o ingerir bebidas alcohólicas en el centro laboral; y fumar en las aulas, talleres...". Esta bien, muy buenas regulaciones.
Como Infracciones Graves se listan, en parte: "introducir en el centro material pornográfico o realizar juegos y actividades de otro tipo que afecten la formación de los educandos; y sostener relaciones de confianza excesiva con los alumnos o con trabajadores de la institución docente que puedan dar lugar a extralimitaciones verbales, corporales u otras conductas inadecuadas." Seguimos bien.
Ahora Infracciones Sumamente Graves:"...realizar actos graves y ostensibles, contrarios a la moral y a los principios ideológicos de nuestra sociedad."
En otras palabras si los maestros van a trabajar borrachos se meten en líos. Si tiemplan con los alumnos, o les enseñan a jugar póquer el lío es mas grande. Pero ahora si, si se atreven a atacar los "principios ideológicos de la sociedad", ¡les parten la siquitrilla de verdad!
(La foto es del Instituto Politécnico de la Salud "Dr. Mario Muñoz Monroy" en Güines.)
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